Lineamientos para la revisión documental y física de los buques en materia de emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) y óxido de azufre (SOx)

Lineamientos para la revisión documental y física de los buques en materia de emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) y óxido de azufre (SOx)

(Providencia Administrativa Nº 056 emitida por el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos el 8 de julio de 2024 y publicada en Gaceta Oficial Nº 42.954 del 2 de septiembre de 2024).

¿De qué tratan estos lineamientos? La Providencia establece lineamientos para la revisión documental y física de los buques con el objetivo de controlar y reducir la contaminación atmosférica causada por las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), óxidos de azufre (SOx) y partículas.

¿A quién aplican estas normas? Estas normas son aplicables a todos los buques que operen en las aguas de Venezuela.

¿Quiénes son los responsables de implementar las directrices? Los Capitanes de Puerto y los supervisores del Estado Rector del Puerto son responsables de implementar estas disposiciones. En casos de deficiencias detectadas en las inspecciones iniciales, el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos llevará a cabo una revisión más exhaustiva.

¿Qué es el Protocolo de Monitoreo? El Protocolo de Monitoreo es una serie de pasos para monitorear las emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) y óxido de azufre (SOx) y exige que, tras la inspección inicial, se verifiquen los combustibles y lubricantes del buque para asegurar el cumplimiento ambiental.

La Providencia establece Mecanismos de Seguimiento y Control que buscan hacer seguimiento y control de las emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) y óxido de azufre (SOx). Para ello, los supervisores del INEA deben realizar revisiones documentales y reconocimientos visuales de los buques.

Detención de buques. Si, tras las actividades de seguimiento y control, surgen motivos suficientes y debidamente fundados para considerar que existen infracciones graves a la Providencia, el Inspector del Estado Rector del Puerto podrá ordenar una inspección más detallada del buque.

Si se confirman las infracciones graves, el supervisor el INEA deberá ordenar la detención del buque para su subsanación. Una vez subsanadas las infracciones y verificado el cumplimiento de las directrices, se ordenará el levantamiento de la detención y se autorizará el zarpe del buque.

Resultados del proceso de monitoreo. El INEA emitirá el resultado de la inspección o monitoreo de nitrógeno (NOx) y óxido de azufre (SOx) y entregará al Capitán del buque una copia de dichos resultados.

Las operaciones relacionadas con los recursos minerales del lecho marino con fines de exploración y explotación de la industria petrolera están excluidas de la Providencia.

Entrada en vigencia. La Providencia entró en vigencia el día de su publicación en la Gaceta Oficial; esto es, el 2 de septiembre de 2024.