Teletrabajo en Latinoamérica

Diferencia entre trabajo a distancia y teletrabajo en algunas legislaciones latinoamericanas

Les presentamos unas breves notas sobre cómo ha sido definido el teletrabajo en algunas legislaciones de Latinoamérica, particularmente, Venezuela, Chile, Argentina, Costa Rica y Panamá. Este boletín no tiene por objeto valorar o interpretar las normas de estas legislaciones. Tampoco proporciona opiniones jurídicas ni tienen por objeto prestar asistencia jurídica para situaciones específicas. En caso de que necesite más información o asistencia, no dude en ponerse en contacto con Ponte Andrade Casanova.

¿Cuál es la diferencia entre trabajo a distancia y teletrabajo?

En términos generales, el trabajo a distancia es aquel desempeñado por el trabajador desde su domicilio o desde un lugar distinto a la sede del patrono. El teletrabajo es una especie de trabajo a distancia, que requiere que el trabajo se realice a través de las tecnologías de la información y comunicación (e.g., internet, computadoras, teléfonos inteligentes, entre otros).

¿Existe esta figura en la legislación laboral de Venezuela?

Venezuela no cuenta con normas específicas de teletrabajo. Sin embargo, existe la figura del “trabajador a domicilio”. Un trabajador a domicilio es aquel que realiza sus labores desde su hogar, bajo la dependencia de uno o varios patronos, sin su supervisión directa, utilizando equipos propios o proporcionados por el patrono (artículo 209 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras).

¿Cómo lo define Chile?

El teletrabajo es una modalidad del trabajo a distancia que exige que el trabajador cumpla sus funciones desde su domicilio o lugares distintos al de las instalaciones de la empresa, utilizando medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones (Ley Nº 21.220 que “modifica el Código del Trabajo en materia de Trabajo a Distancia”).

¿Cómo lo define Argentina?

El Senado argentino recientemente aprobó la Ley sobre el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, según el cual el teletrabajo es la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios en virtud de una relación laboral, desde espacios distintos del establecimiento del empleador, mediante la utilización de todo tipo de tecnología de información y comunicación (Ley sobre el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, también identificada como la Ley N° 27.555).

¿Cómo lo define Costa Rica?

El teletrabajo es una modalidad del trabajo que se realiza fuera de las instalaciones del empleador, utilizando tecnologías de la información y de las telecomunicaciones sin afectar el normal desempeño de otros puestos, de los procesos y de los servicios que se brindan (Ley para regular el Teletrabajo).

¿Cómo lo define Panamá?

El teletrabajo es una forma de organización y realización del trabajo a distancia, efectuado por una persona de manera parcial o completa desde un lugar distinto al establecimiento del empleador, y se realiza utilizando tecnología de la información y de las telecomunicaciones (Ley de Teletrabajo).