Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela promulgó la Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 7.025 del 22 de mayo de 2026.

Esta norma establece el régimen, organización y funcionamiento del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Aspectos Clave. La Sala Constitucional estará integrada por siete (7) Magistrados y las demás Salas por cinco (5) Magistrados cada una.

Faltas absolutas en órganos auxiliares. En caso de falta absoluta en la dirección de los órganos auxiliares (Inspectoría General de Tribunales, Inspectoría General de la Defensa Pública y Escuela Nacional de la Magistratura), la Asamblea Nacional designará a los reemplazos correspondientes por un nuevo periodo de siete (7) años.

Nombramiento de suplentes. Los suplentes de la dirección de los órganos auxiliares serán designados mediante el procedimiento establecido para los Magistrados suplentes del TSJ, por un periodo de siete (7) años.

Nuevas Designaciones. La Asamblea Nacional procederá a designar a los Magistrados (principales y suplentes) que conformarán la nueva estructura institucional del TSJ, así como a los titulares y suplentes de los órganos auxiliares.

Vigencia. Esta Ley entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 7.025, el 22 de mayo de 2026.