Resolución Nº 2021-00019 sobre el receso de actividades judiciales durante el mes de diciembre de 2021

Resolución Nº 2021-00019 sobre el receso de actividades judiciales durante el mes de diciembre de 2021

El 1º de diciembre de 2021 se publicó la Resolución Nº 2021-00019 por el Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se establecen los aspectos concernientes al receso de las actividades judiciales. Los aspectos más relevantes son los siguientes:

  • Período de receso. “Ningún Tribunal despachará desde el 15 de diciembre de 2021 hasta el 15 de enero de 2022, ambas fechas inclusive.” Durante este período se suspenderán las causas y lapsos procesales, sin impedimento de realizar actuaciones indispensables para el resguardo de los derechos de las partes.

  • Habilitación jurisdiccional. Se garantizará la no suspensión del servicio judicial para que proceda el despacho en atención de asuntos urgentes. En cuanto a las guardias las Salas Constitucional y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia permanecerán de guardia durante el periodo de duración del receso judicial.

  • En materia de amparo constitucional. Se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los Jueces tendrán la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos.

  • En materia penal. Los Tribunales con competencia en materia penal mantendrán la continuidad del servicio público a nivel nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 156 del Código Orgánico Procesal Penal.

  • Facultad para adoptar las medidas establecidas. Quedan facultados los Jueces rectores y Presidentes de los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativo, Circuitos Judiciales Penales, Coordinadores de los Circuitos Judiciales Laborales, Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y de los Tribunales con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer, para adoptar las medidas respectivas y garantizar el acceso a la justica de conformidad a lo establecido en la resolución.

  • Publicación en Gaceta Oficial. Esta Resolución será publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, sin que tal publicación condicione su vigencia.