En fechas 2 de julio, 17 de julio y 25 de julio de 2024, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) publico las Providencias Nos. 068, 076, 077 y 081, todas publicadas en Gaceta Oficial N° 42.946 del 21 de agosto de 2024, mediante las cuales se establecen las Tasas aplicables para el cálculo de los intereses moratorios correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2024.
A estos efectos, se fijan las siguientes tasas activas promedio ponderada de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela:
Para el mes de marzo es de 58,98%.
Para el mes de abril es de 58,98%.
Para el mes de mayo es de 59.20%.
Para el mes de junio es de 59.25%.
En todos los anteriores casos, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante los meses anteriormente mencionados, se aplicará la tasa incrementada en 1,2 veces.